2.- MEDIDAS DE RESERVA
La Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI) establece que, tanto las empresas públicas como privadas, con plantillas superiores a 50 trabajadores, están obligadas a reservar cuotas de empleo para personas con discapacidad.
Según el artículo 38 de dicha ley, las Empresas públicas y privadas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a emplear un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 de la plantilla.
En Navarra la cuota de reserva para el empleo público se sitúa en el 5 %.
Asimismo, la normativa vigente permite a las empresas sustituir el cupo por otras medidas alternativas:
1.- Realizando contratos de suministros de servicios y accesorios para la actividad principal de la empresa con un Centro Especial de Empleo o un trabajador autónomo con discapacidad.
2.- Realizando contratos de suministro de materias primas, maquinaria o bienes, con un Centro Especial de Empleo o un trabajador con discapacidad, por un importe de 3 veces el salario mínimo interprofesional anual de cada persona con discapacidad que se haya dejado de contratar.
3.- Conceder donaciones o acciones de patrocinio a una Fundación o Asociación, que trabaje a favor de la inserción de personas con minusvalía.
SANCIONES
- El incumplimiento de la normativa puede dar lugar a sanciones conforme a lo establecido en la Ley 8/1988.
- Las empresas sancionadas por dicho incumplimiento no podrán realizar contratos de bienes, obras o servicios con la Administración.
- Por contra el cumplimiento de la norma por parte de las empresas puede ser objeto de tratamiento preferente en aquellos concursos públicos en que así se señale.
NORMATIVA
- Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos (BOE, 30 de Abril de 1982)
- Ley 23/1988, de 28 de Julio, de modificación de la ley 30/1984, de 2 de Agosto, de medidas de reforma de la función pública
- Real Decreto 27/2000, de 14 de Enero, por el que se establecen las medidas alternativas al cumplimiento de la cuota de reserva del 2% a favor de personas con discapacidad en empresas de mas de 50 trabajadores. A través de este decreto, la Administración abre la posibilidad a que todas aquellas empresas que, según la Ley 13/1982 de integración social de los minusválidos, estén obligadas a contratar personas con discapacidad, puedan optar voluntariamente a solicitar otras medidas alternativas a la contratación, quedando exentas de esta obligación.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se prueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y la Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles (BOE nº 85, de 10 de abril de 199
- Ley Foral 16/2002,de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.
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