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2.- MEDIDAS DE RESERVA

La Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI) establece que, tanto las empresas públicas como privadas, con plantillas superiores a 50 trabajadores, están obligadas a reservar cuotas de empleo para personas con discapacidad.

Según el artículo 38 de dicha ley, las Empresas públicas y privadas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de 50 vendrán obligadas a emplear un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 de la plantilla.

En Navarra la cuota de reserva para el empleo público se sitúa en el 5 %.

Asimismo, la normativa vigente permite a las empresas sustituir el cupo por otras medidas alternativas:

1.- Realizando contratos de suministros de servicios y accesorios para la actividad principal de la empresa con un Centro Especial de Empleo o un trabajador autónomo con discapacidad.

2.- Realizando contratos de suministro de materias primas, maquinaria o bienes, con un Centro Especial de Empleo o un trabajador con discapacidad, por un importe de 3 veces el salario mínimo interprofesional anual de cada persona con discapacidad que se haya dejado de contratar.

3.- Conceder donaciones o acciones de patrocinio a una Fundación o Asociación, que trabaje a favor de la inserción de personas con minusvalía.

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